Dirección General de Innovación y
Emprendimiento

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Resolución de la convocatoria

De conformidad con lo establecido en el artículo 42.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la resolución de este procedimiento se dará a conocer a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la página web de la Dirección General de Innovación y Emprendimiento madridemprende.es, en la de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid camaramadrid.es y en la web planrelanzamadrid.es.

Resolución de la convocatoria2022-08-04T08:55:31+02:00

¿Cómo se tramitan y resuelven estas ayudas?

Por riguroso orden de incoación, en función de su fecha de presentación, considerándose, como fecha de esta última, aquella en que las solicitudes reúnan toda la documentación requerida, una vez subsanadas, en su caso, las omisiones o defectos apreciado por el órgano convocante.

¿Cómo se tramitan y resuelven estas ayudas?2022-08-01T10:29:16+02:00
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